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Foto del escritorPetra Melendez

Otorgar la ciudadanía a tus hijos, como Ciudadano Estadounidense

Actualizado: 27 jul 2021


Si tu caso no cae en estas categorías, revisa la Ley de Ciudadanía Infantil de 2000.

Requisitos básicos:

  1. Al menos uno de los padres era Ciudadano Americano en la fecha del nacimiento.

  2. Existe un parentesco consanguíneo entre el niño y el padre o madre ciudadano.

  3. Existe evidencia que documenta la presencia del ciudadano americano en Estados Unidos, antes del nacimiento del niño/niña. Según es el caso.


Tabla de Requisitos


Los niños adoptados o menores de 18, nacidos de ciudadanos estadounidenses que no son elegibles para la ciudadanía estadounidense como se describe arriba pueden ser elegibles bajo la Ley de Ciudadanía Infantil de 2000.


Ejemplos de Documentación

  • Declaraciones de impuestos y salarios (W-2)

  • Transcripciones académicas

  • Registros de empleo

  • Recibos de alquiler

  • Registros de servicio militar honorable de EE. UU., Empleo con el gobierno de EE. UU. O ciertas organizaciones internacionales intergubernamentales; o como dependiente, hijo soltero y miembro del hogar de un padre en dicho servicio o empleo (excepto donde se indique).

  • Los sellos de pasaporte de los EE. UU. Pueden considerarse parte de la evidencia presentada, pero no deben ser la única prueba documental. Las licencias de conducir no constituyen evidencia de presencia física.


Descargo de responsabilidad: Este foro no constituye asesoramiento legal de ningún tipo, y cualquier uso de la información anterior es responsabilidad de los lectores. Si necesita asesoramiento legal, comuníquese directamente con un abogado.

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